VERGÜENZA: Así maltratan al personal del BOU de la UR II Rosario
Cumplen guardias de 24 por 48 horas de descanso pero estas nunca se cumplen ya que es una imposición hacerlos trabajar 12 horas mas de recargos.
Por Alberto Martínez
No paran de explotar laboralmente al personal, ya no solo es las pésimas condiciones diarias sino que se le suman maniobras delictivas con servicios de Policía Adicional y Extras (Ospes). Ahora se suman mas recargos en los cuales deben trabajar 36 horas seguidas caminando, en estaciones de servicios y otros objetivos para lo cual deben estar en apresto permanente es decir atentos, parados, caminando y cuando puedan sentados unos minutos. Para descansar unas horas si pueden y consiguen un colchón en el piso del patio es todo lo que le ofrecen.
APROPOL denunció ante la Fiscalia de Violencia Institucional
La denuncia
"...Señor fiscal: En ejercicio de mis actividades periodísticas y gremiales he tomado conocimiento de que en la Brigada de Orden urbano (BOU) de la Unidad Regional II de Policía de Santa Fe con sede en calle Juan Manuel de Rosas 1350 el personal es obligado a trabajar jornadas que violan la Ley Nacional Nro 11.544 que establece taxativamente que: «Artículo 1º - La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas aunque no persigan fines de lucro. La limitación establecida por esta ley es máxima y no impide una duración del trabajo menor de 8 horas diarias o 48 semanales para las explotaciones señaladas...».
A renglón seguido aclara también: «..Art. 2º - La jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de siete horas, entendiéndose como tal la comprendida entre las veintiuna y las seis horas. Cuando el trabajo deba realizarse en lugares insalubres en los cuales la viciación del aire o su compresión, emanaciones o polvos tóxicos permanentes, pongan en peligro la salud de los obreros ocupados, la duración del trabajo no excederá de 6 horas diarias o 36 semanales". "..El Poder Ejecutivo determinará, sea directamente o a solicitud de parte interesada y previo informe de las reparticiones técnicas que correspondan, los casos en que regirá la jornada de seis horas...».
En el caso señalado al personal lo obligan a trabajar jornadas de 36 horas corridas es decir 24 horas de guardia y de las 48 horas que debe tener descanso (franco) le quitan obligadamente 12. Si solo se cuentan las horas sin recargos en el mes podemos decir que por ejemplo:
Turno de 24 x 48 (sin franco): Este tiene una extensión de 240 horas.
Turno de 8 x16 (sin franco): Idem caso anterior.
Turno de 12 x 24(sin franco): Este tiene una extensión de 250.
Turno de 12 x 36 (sin franco): Este tiene una extensión de 180 horas.
Como vera en todas las modalidades mas usuales se viola la ley y en condiciones inhumanas donde no existen dormitorios, sanitarios, agua potable ni las mínimas comodidades en especial para mujeres por las propias necesidades de las mismas.
Esto que señalo tiene un impacto tremendo en el trabajador policial habida cuenta no solo en su parte física sino psíquica por cuanto las patologías y síndromes que surgen llegan incluso al suicidio en ocasiones crónicas.
Por lo expuesto solicito que se intervenga a los fines de constatar la conducta posible de “Abuso de autoridad” e “Incumplimiento de los deberes de funcionario publico” por parte de la conducción de la mencionada dependencia y de la cadena de mandos superior y se considere la posibilidad de que el Ministerio de Trabajo de la Nación intervenga con una inspección laboral y se corrija de inmediato toda desviación como las señaladas..." (fin denuncia)
Después cuando el personal “se tumba” y acude a una carpeta medica cuando ya no tiene solución encima se quejan los jefes y hasta agudizan el acoso y la violencia que le vienen ya aplicando con estas condiciones.
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