CAUSA CASCO: 4 años y 3 meses de detención para 19 policías, sin juicio ni condena

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Rosario - Se trata de los efectivos que prestaban servicio en la comisaría 7ª procesados por desaparición forzada seguida de muerte del joven de Florencio Varela, ocurrida en 2014, cuando visitaba familiares en Rosario. Los uniformados siguen sosteniendo su inocencia.

Por Alejandra Ojeda Garnero

Un capítulo más se suma a la controversial causa sobre la lamentable muerte de Franco Casco. Es que el Tribunal Oral Federal Nº2 de Rosario, integrado por los jueces Osvaldo Facciano, Germán Sutter Schneider y Ricardo Moisés Vázquez, resolvió el pasado 4 de marzo prorrogar por nueve meses más las prisiones preventivas a los 19 policías procesados por desaparición forzada seguida de muerte. De los cinco que cumplen la medida cautelar efectiva, cuatro se encuentran en el penal de Marcos Paz y uno en la dependencia de la PSA en Rosario; para el resto la medida fue morigerada y permanecen en arresto domiciliario.

La prórroga de la medida cautelar para los acusados de detener, torturar, matar y arrojar al río Paraná a Franco Casco no es la primera, sino que fueron tres y ya vencieron todos los plazos que establece la ley para mantener a personas detenidas sin juicio ni condena. Además esta decisión del tribunal viola el principio de inocencia establecido en la Constitución Nacional.

La ley 24.390 en su artículo 1º establece que “la prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia. No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor”.

Cabe aclarar que los 19 policías procesados en la causa fueron detenidos en septiembre de 2017, tres años después de ocurrido el hecho. Durante ese lapso de tiempo, todos los uniformados continuaron con su vida como lo hacían habitualmente, siguieron viviendo en los mismos domicilios y prestando servicio en la fuerza policial. Además, en el momento de la detención, algunos de los efectivos no fueron encontrados en sus domicilios, por lo tanto se presentaron voluntariamente en Gendarmería.

Sin embargo, el Tribunal Oral Federal Nº 2 argumentó en las tres resoluciones de prórroga, que se darían los supuestos que establece la ley para continuar con la medida privativa de la libertad, es decir, la pena prevista para el delito atribuido es de reclusión perpetua; la probabilidad de los imputados de profugarse, que se contrapone de bruces con el comportamiento de los acusados desde que ocurrió el hecho hasta el momento de la detención; el riesgo de fuga; el entorpecimiento en la investigación; y la gravedad de los hechos atribuidos. Además de la inminencia del debate, que por cierto nunca llega.

Cabe señalar que, según indicaron los acusados en reiteradas entrevistas con Conclusión, ellos mismos informaron a la familia de Franco Casco que el chico había estado detenido en la comisaría 7ª, cuando fueron a realizar una denuncia por búsqueda de paradero, a la vez que les mostraron el acta de libertad.

En diálogo exclusivo con Conclusión, Diego Álvarez, quien fuera el comisario de la dependencia, volvió a afirmar su “inocencia”. “Hace tres años y seis meses que estamos detenidos y ahora se suman nueve meses más con lo cual vamos a llegar a un total de cuatro años y tres meses detenidos”, sin juicio ni condena. 

Al consultarle por los motivos que no se llega a juicio en este caso, Álvarez esgrimió que especulan que “las pruebas no son suficientes”. Y analizó: “Si nosotros presentamos como prueba que lo encontramos a Franco Casco caminando por la calle el día 8 de octubre, cómo van a poder explicar que supuestamente lo matamos el día 6”.

En otro tramo de la entrevista, el por entonces comisario de la seccional 7ª dijo aseguró que existen pruebas para sostener la inocencia, y se quejó que “la querella no aceptó la prueba que lo demuestra”. En detalle, esa pericia afirma que “a Casco se lo ve caminando en la calle, se le ve el tatuaje, el agujero que tenía en el pantalón y asegura que por esos elementos particulares acreditan que se trata de Franco Casco”.

Según la apreciación de Diego Álvarez “la querella no tiene elementos para llegar a juicio, porque esta mentira no se sostiene con nada”, pero el hecho que considera más grave es “que nos tienen detenidos y no saben cuándo vamos a llegar a juicio y mucho menos cuando vamos a salir en libertad y no respetan las garantías constitucionales”.

Respecto de la vulneración de derechos y la falta de respuesta de la justicia, los detenidos presentaron una “denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hace un año, diciendo que ya se vencieron todos los años de preventiva que se pueden tener y lo siguen prorrogando”, sumado a eso es la incertidumbre de no saber hasta cuándo se va a extender la medida cautelar porque “nadie te dice nada, hay que esperar a que se cumpla el plazo y ver que va a pasar”.

El peor escenario que plantea Álvarez es que “sigo estando detenido pagando una pena por un delito que no cometí. Porque aunque después me absuelvan, el tiempo que llevo acá no me lo devuelve nadie”.

Otro de los cuestionamientos de Álvarez hacia el Tribunal es que “uno de los argumentos de las prórrogas de la prisión preventiva es que ‘ante la inminencia del juicio’ se extienden los plazos”, pero “el mismo argumento se repite en todas las resoluciones” y la fecha de juicio no llega. Por lo cual concluye que “nada me asegura que cuando se cumplan estos nueve meses, no me vuelvan a decir lo mismo” y la medida se siga prorrogando por tiempo indefinido.

Álvarez hizo hincapié en sostener su “inocencia” y estar purgando una pena “gratuitamente”, porque “no se puede acreditar la materialidad del hecho, porque el hecho no existió”.

Otro dato importante para destacar en el derrotero de la causa es que “evidentemente hay una clara intención de no llegar a juicio porque no tienen como sostenerlo”.

En el penal de Marcos Paz también se encuentra detenido el subcomisario César Acosta, imputado como coautor por desaparición forzada. En diálogo exclusivo con Conclusión también sostuvo su inocencia y expresó que “esto es una injusticia que estamos padeciendo personas que no tenemos procesos penales, ni sanciones administrativas”.

Somos personas que tenemos familia, que nos levantábamos todas las mañanas a trabajar como cualquier ciudadano y al día de hoy no lo puedo creer, por mis compañeros y por mí mismo. Es una acusación grave para que no haya una prueba física que demuestre tal barbarie.

La explicación que encontró Acosta para tratar de entender por qué aún no llegaron al debate es que “esta causa se inició en el fuero provincial con una caratula de muerte dudosa, luego pasó al fuero federal con el argumento de que se trataba de una desaparición forzada y el juez Bailaque saca una resolución diciendo que el delito no encuadraba con la acusación que pretendían enrostrar y vuelve al fuero provincial”.

Tras esta resolución, aseguró Acosta, “volvieron las manifestaciones y la causa pasó nuevamente al juzgado federal donde quedó en manos del magistrado (Carlos) Vera Barros”.

El primer acto de defensa que tiene cualquier persona involucrada en una causa judicial es la indagatoria y en general los abogados aconsejan no declarar. Pero César Acosta hizo caso omiso a esa recomendación porque asegura que “con toda la convicción y la educación que me dieron mis padres voy a declarar porque yo no hice nada y mis compañeros tampoco”.

El testimonio de Acosta se centra en una pericia clave, ya que la querella sostiene que Franco Casco fue detenido el 6 de octubre de 2014.

Se trata de la foto que fue tomada por el mismo Acosta, con su teléfono celular en la dependencia policial inmediatamente después de la detención. La fotografía fue impresa en un local cercano a la comisaría.

Acosta había pedido la pericia de su teléfono en primera instancia, pero “el fiscal me la negó porque dijo que ya había sido peritado, sin control de parte, y que desde ese celular yo no había tomado ninguna foto”.

El derrotero de la causa parece no tener fin, porque hace aproximadamente un año se conoció un dato revelador. El abogado defensor de César Acosta “tomó conocimiento de un disco extraíble que el fiscal Lega le entrega a la abogada de Diego Álvarez, el cual contenía material bruto de la causa”.

Ese material fue examinado por el defensor de Acosta, el abogado Germán Mahieu “quien realizó un análisis de todo el material y encontró la foto que yo había sacado, que provenía del teléfono celular que me pertenecía”.

A raíz de este hallazgo, el abogado “envía un requerimiento al fiscal Lega reclamando por su falsa afirmación, en la que sostenía que yo no había sacado ninguna foto con mi teléfono el día de la detención de Franco Casco”.

Como respuesta solo obtuvieron silencio, porque el fiscal Guillermo Lega nunca respondió a ese requerimiento y, no conforme con ello, pide la elevación a juicio. Vale aclarar que el celular de Acosta no fue peritado por sus propios peritos.

Este dato que surge del disco rígido es fundamental para la causa, consideró Acosta porque “la querella sostiene que se lo torturó el día 6 de octubre”, aunque las pruebas demuestran que fue detenido el día 7 y liberado en las últimas horas de la misma jornada.

En resumen, aseguró Acosta: “Yo tengo mi teléfono celular que nunca fue peritado por mi parte, en el cual tengo la foto que fue tomada el 7 de octubre, una contradicción terrible”, que además se podría aclarar “si se hace una pericia con control de partes, se caería la falacia que sostienen”.

Otro punto clave en la investigación son las declaraciones de los detenidos. Es que cuando Casco estuvo en la comisaría “había entre 40 y 45 detenidos en el penal, de los cuales 15 declaran haber escuchado, otros dicen haber visto, otros declaran haber escuchado no me peguen son Franco Casco, otros manifestaron haber reconocido que no era de la ‘jerga nuestra’, y esto fue denunciado ante el fiscal porque una pericia demostró que es imposible la visualización por parte de los detenidos hacia el lugar donde estuvo alojado Franco Casco”. Esta denuncia no fue valorada por el fiscal y nunca se dio curso para determinar su veracidad.

El error en la fecha del acta de libertad, es involuntario, porque “un sumariante que está todo el día tomando denuncias, muchas veces copia y pega. Somos seres humanos y nos podemos equivocar. Pero ellos se toman de estos errores para argumentar que nosotros programamos todo para encubrir”, aseguró Acosta.

Por otra parte señaló que “ese día fue un día más de trabajo, me fui a las cinco de la tarde como todos los días, y fue lo que nos llevó a estar tres años y medio detenidos, y ahora con una prórroga de nueve meses más y parece que a nadie le interesa ver las pruebas, porque las pruebas están”.

La última pericia que fue presentada para analizar el video de la persona que caminaba, en la madrugada del 8 de octubre, en dirección a la casa de la tía y se presume era Franco Casco “demuestra por medio de un acercamiento que las manchas de las tres estrellas que tenía en el cuello, las cuales se comparan con la imagen fotográfica donde tiene el tatuaje son las mismas”. Es decir que la querella sostiene que el joven fue asesinado el día 6 de octubre pero en la madrugada del 8 estaba caminando por la ciudad.

Otra reflexión de César Acosta es que “nadie va a encubrir un hecho tan aberrante y tan grave como esto”, y agrega que “en la misma dependencia estaba la oficina del Inspector de Zona donde había una guardia mínima y si se hubiese torturado a una persona alguien hubiese escuchado gritos y hubiese ido al lugar para hacer cesar ese acto”.

Un dato que no se conocía hasta el momento es que “cuando ocurrió todo esto viene el señor (Gerardo) Chaumot, quien fuera en ese momento secretario de Seguridad Pública del entonces ministro de Seguridad Lamberto, junto al jefe de la Unidad Regional II, el señor Amaya para hablar conmigo, el comisario y el inspector de zona para decirnos que esto venía de parte de un movimiento político en contra del Gobierno, y que les transmitamos tranquilidad a nuestras familias”.

Al cabo de unos 15 días, nos dijo que “las manifestaciones iban a seguir y que nos tenían que sacar a todos de nuestros lugares de trabajo, a todos los involucrados en la causa”, y aclara que “esto vino de parte del gobierno de turno”.

“El Gobierno estuvo al tanto de todo desde el primer momento, de que era un movimiento político en contra nuestro”, aseguró Acosta.

“Tengo la tranquilidad de no haber hecho nada y la convicción de que no pasó nada”, concluyó el subcomisario.

Los acusados

Los imputados son el ex jefe de la seccional 7ª Diego Álvarez, junto a los efectivos Cecilia Ruth Elisabet Contino, Walter Eduardo Benítez y Fernando Sebastián Blanco, procesados por los delitos de desaparición forzada de persona agravado por la muerte de la víctima, e imposición a personas privadas de su libertad, legítima o ilegítimamente, de cualquier clase de tortura, en calidad de coautores.

Por su parte, César Daniel Acosta, Guillermo Hernán Gysel, Cintia Débora Greiner, Rocío Guadalupe Hernández, Marcelo Alberto Guerrero, Enrique Nicolás Gianola Rocha y Esteban Daniel Silva fueron acusados como coautores del delito de desaparición forzada de personas agravado por la muerte de la víctima.

En el caso de Elisabeth González Belkis, Franco Luciano Zorzoli, Rodolfo Jesús Murúa, Walter Daniel Ortiz, Romina Anahí Díaz y Ramón José Juárez, son acusados como partícipes secundarios por el delito de desaparición forzada de persona agravado por la muerte de la víctima.

Los ex integrantes de Asuntos Internos, Pablo Andrés Siscaro y Daniel Augusto Escobar irán a juicio por encubrimiento.

En tanto, fueron sobreseídos Cristina Riesco, Susana Carreño, Ariel Saucedo, Gisela Giménez, Claudia Roxana Barbieri Galván, Juan José Acuña, Yanina Gisella Arévalo, Romina Brítez y Yamila Alejandra Valdéz.

Por otra parte, quedaron desvinculados del caso, Aníbal Candia (ex jefe de Asuntos Internos) y sus colaboradores Sergio Damián Pieroni y Carlos Alberto Ríos, por el delito de encubrimiento. En el caso de Esteban Daniel Silva, el sobreseimiento es parcial.

El caso

Franco Casco llegó a Rosario desde Florencio Varela para visitar a sus familiares. El 6 de octubre de 2014 salió hacia la estación de trenes para volver a Buenos Aires. Pero el día 7 fue detenido y trasladado a la comisaría 7ª, luego de 22 días su cuerpo apareció flotando en las aguas del río Paraná.

Fuente: Conclusión

APROPOL Noticias

 

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